La Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Francisco de Macorís declaró en rebeldía al imputado Pedro Alejandro Castillo Paniagua (Quirinito).
A solicitud del MP declaran en rebeldía al imputado Pedro Alejandro Castillo Paniagua (Quirinito). El órgano acusador, que dirige la Mag. Miriam Germán, solicitó la declaratoria al tribunal para mantener el caso abierto y evitar que prescriba.https://t.co/nrQH7qtP2b
— Procuraduría General de la República (@ProcuraduriaRD) August 27, 2023
El tribunal que preside Melkis Antigua e integran Andrés Reynoso Santana y Ramón Isidro Gil Guzmán, tomó la decisión al acoger un pedido presentado en ese sentido por los fiscales Eduardo Joel Velázquez Muñoz y José Ambioris Toribio Reyes, quienes, además, litigaron a nombre de Yeni Berenice Reynoso, directora de Persecución del Ministerio Público.
La decisión del tribunal fue amparada en el artículo 100 del Código Procesal Penal, que ordena “el arresto del imputado Castillo Paniagua”, así como la “publicación de sus datos personales en los medios de comunicación para su búsqueda y arresto y la conservación de los medios probatorios que conforman el proceso para un eventual juicio”.
Castillo Paniagua cumplía una condena de 30 años de prisión por el asesinato, en 2008, del ciudadano español Gustavo Adolfo Cervantes. En 2013 un tribunal colegiado de Baní le redujo la pena a 20 años, la cual cumplía en la cárcel de Najayo.
Su fuga se produjo mientras cumplía prisión domiciliaria en San Francisco de Macorís, luego de ser favorecido con un envío a cumplir condena en su residencia bajo el alegato de que padecía de un carcinoma en la lengua.
El Ministerio Público, que encabeza la procuradora general Miriam Germán Brito, estableció que bajo ninguna circunstancia se puede permitir que el proceso seguido a Castillo Paniagua prescriba, razón por la que pidió la rebeldía para suspender la prescripción en virtud de las disposiciones de los artículos 47 y 100 del Código Procesal Penal.
La rebeldía implica que los procesos que tiene abiertos Castillo Paniagua en la actualidad, tienen los plazos suspendidos y, en consecuencia, no podrán prescribir sin importar el tiempo que dure prófugo hasta que se produzca su captura.