Santo Domingo.- El Tribunal Superior Electoral (TSE), declaró anoche inadmisible la demanda de Fredermido Ferreras Díaz, para ordenar provisionalmente la suspensión de las inscripciones de las precandidaturas presidenciales de Leonel Fernández e Hipólito Mejía.
El recurso buscaba impedir la inscripción de los expresidente Fernández, por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) e Mejía, por el Revolucionario Moderno (PRM), para las primarias de ambas organizaciones, pautadas para el 6 de octubre próximo, donde se escogerán los candidatos para los comicios de 2020.
Román Jáquez, presidente del TSE, explicó que la solicitud de Ferreras Díaz carecía de calidad e interés al tenor de lo previsto en el artículo 172 del reglamento del procedimiento contencioso electoral, por lo que dispuso compensar las costas procesales por tratarse de un asunto electoral.
Jáquez ordenó notificar la ordenanza a las partes en litis, a la Junta Central Electoral (JCE) y su publicación en el boletín contencioso electoral para los fines correspondientes.
El abogado Ferreras Díaz, dijo que los jueces del TSE no conocieron el fondo de la demanda, debido a que lo declararon incompetente para solicitar la suspensión de las inscripciones de Fernández y Mejía, ya que él no forma parte de ningún partido político ni tampoco aspira a un cargo electivo.
“Ellos entendieron que nosotros no somos dirigentes de ningún partido, como de hecho no lo somos, y que en esa tesitura no tenemos la calidad para presentar ese recurso al tribunal”, sostuvo el litigante.

























