MEDIO AMBIENTE
SAMANÁ, RD. –
El Juzgado de la Instrucción del distrito judicial de Samaná condenó a 18 meses de prisión, bajo la modalidad de pena suspendida, y al pago de una multa de RD$300,000 a un hombre que violó una resolución que prohibía la realización de fiestas masivas y música alta en playas, ríos y balnearios durante el pasado asueto de Semana Santa.
Se trata de José Luis Vargas Bretón, quien fue procesado a solicitud del Ministerio Público por incumplir la Resolución 001-2026, emitida para regular este tipo de actividades durante el período comprendido entre el 29 de marzo y el 5 de abril de 2026.
La fiscal María De la Cruz, adscrita a la Procuraduría Especializada de Medio Ambiente y los Recursos Naturales (Proedemaren), presentó ante el tribunal las evidencias que demostraron la violación de las disposiciones establecidas en la resolución.
Realizaba una fiesta en playa Artillero
De acuerdo con la acusación, Vargas Bretón fue arrestado el 4 de abril de 2026 en la playa Artillero, ubicada en el distrito municipal El Limón, sector La Barbacoa, mientras desarrollaba una fiesta durante el período en que estaban prohibidas este tipo de actividades.
Durante la intervención fueron ocupados diversos equipos y artículos utilizados para la celebración, entre ellos 10 bocinas, dos soportes para bocinas, una consola, dos cajas de consola y seis luces.
También fueron ocupados un router, dos lonas, siete ollas, un camión blanco y una tarima, utilizados para la actividad.
Deberá cumplir las condiciones de la pena
El tribunal impuso al procesado una pena de 18 meses de prisión suspendida, por lo que no tendrá que ingresar a prisión siempre que cumpla las condiciones establecidas judicialmente.
Además, deberá pagar una multa de RD$300,000 por la violación de las disposiciones ambientales.
El Ministerio Público advirtió que, de incumplir las condiciones establecidas para la suspensión de la pena, Vargas Bretón deberá cumplir la sanción privativa de libertad correspondiente.
La condena se fundamenta en la violación de las disposiciones de la Ley 64-00, General de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de la resolución que reguló las actividades recreativas y el uso de equipos de sonido durante el período de Semana Santa.
Autoridades refuerzan controles ambientales
El proceso forma parte de las acciones desarrolladas por el Ministerio Público, a través de la Procuraduría Especializada de Medio Ambiente y los Recursos Naturales, para hacer cumplir las disposiciones destinadas a proteger los espacios naturales y garantizar el cumplimiento de las regulaciones ambientales.
La decisión judicial constituye una advertencia para quienes incumplan las disposiciones establecidas por las autoridades para regular actividades masivas en playas, ríos y balnearios, particularmente durante períodos de alta afluencia de visitantes.





























