La Alianza Dominicana Contra la Corrupción (ADOCCO), advirtió que el anunciado fideicomiso, que privatizaría la Central Termoeléctrica Punta Catalina (CTEPC), llevaría a los ministros de Energía y Minas, Hacienda, así como al Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo a un sometimiento penal.
Este sometimiento se deben a malversación, prevaricación y colusión de funcionarios, al recomendarle al presidente Luis Abinader crear el Fideicomiso Público Central Termoeléctrica Punta Catalina (Fideicomiso CTPC), que dará la administración por 30 años a un comité técnico, que presidirá el exadministrador de la CDEEE, Celso José Marranzini Pérez.
Aemás, ese comité estarán: José Luis Actis, Noel Báez Paredes, George Ángel Reinoso Núñez y John A. De Armas, mediante decreto No. 538-21, bajo la sombrilla de la ley 189-11, que instituye el fideicomiso en la República Dominicana, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario.
Señala que la entrega de la generadora, de la que no se sabe su costo de construcción, mucho menos su valor real de mercado, por no haberse realizado a un año de asumir los liquidadores la central, cree que al parecer de lo que se trata es de un plan para valorarla a precio de «vaca muerta».
«Si partimos del hecho de que no se han podido realizar las auditorías, por falta de oferentes calificados, que atribuimos a la disposición del costo de la auditoría en apenas 200 mil dólares, para una obra que de acuerdo a las informaciones ofrecidas, rondó los 3 mil millones de dólares, razón por la que no podemos esperar que una firma auditora internacional, se interese en participar en las dos licitaciones declaradas desiertas, que obligó a una tercera de acuerdo a lo anunciado por uno de los liquidadores», expone.
Pidió al presidente Luis Abinader, evitar los despropósitos de los liquidadores, que han actuado más a favor del empresariado interesado en quedarse con el sector eléctrico, más que en la intención suya, como se desprende de la recomendación del fideicomiso público.
Además, recuerda que esta es una «prerrogativa» del Congreso Nacional, disponer del patrimonio estatal, mientras que la figura del fideicomiso está concebida exclusivamente para actividades de naturaleza privada, en la que por su naturaleza, persiste la ausencia de transparencia, como lo establecen la Ley 200-04 de Libre Acceso a la Información Pública y la Ley 340-06 de Compras y Contrataciones Públicas.
“El Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, debió edificar al presidente de la República que la Constitución Dominicana, en su artículo 128, numeral 2, letra d, establece la obligatoriedad de contar con la aprobación del Congreso, para enajenar cualquier patrimonio público, que supere los 200 salarios mininos, en consecuencia, dictar un decreto, ejecutando en lo inmediato, la transferencia y entrega de Punta Catalina en manos privadas, sin pasar por el congreso previamente, constituye una violación a la Carta Magna”, señala Julio César De la Rosa Tiburcio, presidente de ADOCCO.
Manifeista que las actuaciones de la comisión que creó el presidente Abinader, mediante el Decreto No. 342-20, para liquidar la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE), tiene toda vocación de sometimiento penal, a partir de ejecutar el presupuesto aprobado a la líder del sector eléctrico, disponiendo en base al decreto que la crea, de su patrimonio.
Afirma que solo podría hacerse con la modificación de la Ley 125-01, que en su artículo 138, crea la CDEEE y que disponga la entidad pública receptora de sus bienes, «no como se ha producido, transfiriendo contratos firmados por la CDEEE a las distribuidoras de electricidad».
«El asalto al inmueble que alojaba las oficinas centrales de la CDEEE, el traspaso de las acciones de la CDEEE en las empresas EDENORTE, EDEESTE y EDESUR al Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas, FONPER», señala.
Indica, asimismo, que la violación a la normativa penal dominicana por parte de los miembros de la comisión liquidadora de la CDEEE, se evidencia en la ejecución de miles de millones de pesos del presupuesto de la empresa, consignado en la ley de presupuesto y gasto público, en los meses septiembre/diciembre del pasado año 2020 y el correspondiente a los meses enero/agosto del 2021.
Indica, además, que se hizo sin rendir cuentas en detalles, como establecen las normas de contabilidad gubernamental y administrativas, los cuales deben ser colgadas en la sección Transparencia de los portales webs de las instituciones públicas, apareciendo en el portal de la CDEEE, solo la ejecución del mes de enero del 2021.