La Junta Central Electoral (JCE), anunció que conformó 58 de las 158 Juntas Municipales, a través de la resolución 00/2022, lo que representa apenas el 36.70 por ciento del total de los organismos que funcionan en los distintos municipios del país.
El anuncio tiene lugar en momento en que las organizaciones políticas comenzaron a cuestionar la tarda para que el organismo dé a conocer la información, sobre todo, ante la cercanía del próximo proceso electoral.
El documento señala que fueron armadas las juntas municipales de Cotuí, Hato Mayor, Los Cacaos, Mao, Puñal, San Rafael del Yuma, Vallejuelo, Piedra Blanca, San Juan de la Maguana, Sabana de la Mar, Santiago de los Caballeros, Villa González, Distrito Nacional, Santo Domingo Este, Santo Domingo Norte y Santo Domingo Oeste.
Además, la de Los Alcarrizos, Pedro Brand, Puerto Plata, Bonao, La Vega, Moca, Salcedo, San Francisco de Macorís, Dajabón, Montecristi, San Ignacio de Sabaneta, Nagua, Samaná, Monte Plata, San Antonio de Guerra, San Pedro de Macorís, Higüey, La Romana y El Seibo.
Asimismo, la de Comendador, Azua, San José de Ocoa, San Cristóbal, Jimaní, Neiba, Pedernales, Barahona, Villa Altagracia, Pimentel, Paraíso, Rancho Arriba, Yaguate, Nizao, Gaspar Hernández, El Factor, Río San Juan, Villa La Mata, Fantino, Loma de Cabrera, Esperanza, Villa Bisonó y Sosúa.
La resolución establece que la ciudadanía y los partidos, agrupaciones y movimientos políticos reconocidos tendrán un plazo de 10 días hábiles para ejercer su derecho a presentar las impugnaciones a que haya lugar respecto de los miembros titulares y suplentes de las juntas electorales que se indican en la presente resolución, todo lo cual deberá realizarse mediante un escrito motivado que será dirigido a la JCE.
Se establece, de igual modo, que una vez vencido el plazo para presentar las impugnaciones, la JCE enviará en las 24 horas subsiguiente, una copia por secretaria de los pareceres escritos a los partidos políticos reconocidos y celebrará una audiencia pública a más tardar ocho días después, a fin de conocer de la impugnación formulada; las cuales deberán ser resueltas ocho días después de celebrada la audiencia.
La JCE dispuso que las personas designadas, deberán cursar el programa de formación y capacitación coordinado por la Escuela Nacional de Formación Electoral y del Estado Civil (EFEC) del órgano electoral.