Santo Domingo.- Mediante el decreto 477-21, el presidente de la República, Luis Abinader, dispuso que se levante el toque de queda a la provincia La Altagracia y el Distrito Nacional, desde el lunes 9 del cursante mes de agosto.
Pero, anunció que se aplicaran diversas medidas para evitar la propagación de Covi-19, por ejemplo, el decreto confirma el uso obligatorio de mascarillas en lugares públicos y privados de uso público, así otras medidas y protocolos sanitarios vigentes.
Prohíbe venta y consumo de bebidas alcohólicas en lugares públicos y privados de uso público cada día de 12:00 a.m. a 5:00 a.m.
“Se requieren permisos especiales para celebrar actividades que impliquen aglomeración, sin importar el lugar de que se trate, los cuales serán otorgados por las autoridades del sector correspondiente, en coordinación con el Ministerio de Salud Públic”, explica el Poder Ejecutivo.
Los establecimientos públicos y privados de uso público, sin importar el tipo de actividad que auspicien, podrán recibir personas solo hasta el 75% de la capacidad total de sus instalaciones, siempre en cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.
Los espacios abiertos al aire libre: parques y malecones, podrán ser utilizados por las personas en cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.
En el resto del país, incluyendo la provincia Santo Domingo, se confirma la vigencia del toque de queda y las demás medidas dispuestas en los decretos número 419-21 y el 432-21.