Santo Domingo.- La Ley Núm. 41-08 de Función Pública no contempla tomar licencia ordinaria sin disfrute de sueldo o la renuncia al cargo, motivado en la participación en actividades de carácter político.
La aclaración la hizo el titular del Ministerio de Administración Pública (MAP), Ramón Ventura Camejo, quien a través de acto de alguacil, notificón al opositor Partido Revolucionario Moderno (PRM).
Ventura Camejo, responde así la puesta en mora e intimación del PRM, remitida mediante acto de alguacil el 19 del cursante mes dirigido a 25 actuales funcionarios, que incluyen ministros, directores generales y presidentes de organismos autónomos y superintendentes, por alegada violación a la Ley 41-08 sobre Función Pública y la Ley de Régimen Electoral.
El documento, entregado en la sede del PRM ayer lunes, precisa que «conforme a la Ley Núm. 41-08 sobre Función Pública, a los funcionarios públicos solo les está prohibido dedicarse a actividades políticas cuando las mismas coincidan con la jornada laboral o cuando se intentaren dentro de los espacios destinados al ejercicio de sus funciones.
Prohíbe, además, «el uso de bienes y fondos de la institución, con fines políticos o de intereses partidistas».
Reiteró que esa norma no refiere prohibición alguna a los servidores públicos al libre ejercicio de sus derechos civiles y políticos, fuera del ámbito, espacio u horario que comprende la jornada laboral.
Además, destaca que la citada ley «es un régimen jurídico concebido con el propósito de regular las relaciones de trabajo de las personas que desempeñan cargos dentro de la Administración Pública, los municipios y las entidades autónomas, en un marco de profesionalización y dignificación laboral de sus servidores».
Destaca que, «no existe incompatibilidad alguna entre tales funciones y la actividad política, siempre que se haga respetando los horarios, espacios laborales y funciones para los cuales hayan sido designados».