El coordinador de la Comisión Ambiental de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), Luis Carvajal, advirtió que la reciente decisión judicial que ordena actualizar mapas y límites en la zona del Parque Nacional Jaragua podría sentar un precedente de alto riesgo para el sistema nacional de áreas protegidas.
Entrevistado por Cristian Jiménez en el programa Encuentro Extra, que se transmite cada sábado por Color Visión, Carvajal sostuvo que el conflicto trasciende el caso específico de Jaragua y responde —según afirmó— a una conducta reiterada de sectores interesados en debilitar la protección ambiental para favorecer reclamaciones territoriales, principalmente en zonas de alto valor turístico.
Explicó que desde la Ley 67 de 1967 sobre parques nacionales se estableció el principio de progresividad, el cual impide reducir los límites de un área protegida salvo mediante mayoría calificada.
Recordó que ese criterio fue reforzado por la Ley 64-00 de Medio Ambiente y, posteriormente, elevado a rango constitucional en 2010, cuando se estableció que las áreas protegidas son propiedad pública, intransferible e inembargable, y que solo pueden ser modificadas por el Congreso Nacional con el voto favorable de las dos terceras partes de la matrícula y por razones de interés nacional.
Carvajal recordó que en el caso de Jaragua existen al menos 17 sentencias previas que declararon que los títulos presentados por reclamantes eran espurios y que los terrenos en cuestión son públicos.
Según explicó, al no prosperar las reclamaciones de propiedad en los tribunales ordinarios y de tierras, la estrategia cambió hacia una solicitud administrativa orientada a la actualización catastral bajo el argumento de la Ley 266 que declaró prioritario el polo turístico del sur.
“El tribunal no decidió sobre propiedad porque eso ya estaba juzgado. Lo que hizo fue ordenar una actualización que, en la práctica, abre la puerta a desconfigurar los límites del área protegida”, afirmó.
El ambientalista expresó preocupación por la rapidez con que se conoció el expediente y por el hecho de que, a su juicio, la decisión entra en contradicción con el artículo 16 de la Constitución y con la Ley 64-00, normas de jerarquía superior.
Advirtió que aplicar ese mismo criterio en otros polos turísticos podría poner en riesgo zonas estratégicas como el Parque Nacional Cotubanamá —antiguo Parque Nacional del Este—, eje fundamental del turismo en la región oriental. “¿Vamos a sacar del sistema de áreas protegidas cada parque que esté dentro de un polo turístico para que alguien lo pueda apropiar?”, cuestionó.
En el plano legal, informó que el Ministerio de Medio Ambiente recurrirá la sentencia y que, junto a organizaciones ambientales, se acudirá al Tribunal Constitucional para impugnarla.
Asimismo, planteó que la Procuraduría General de la República debe investigar la reiterada presentación de títulos declarados inválidos, al considerar que podría configurarse un intento de estafa contra el Estado.
Carvajal insistió en que el problema no es un hecho aislado, sino la manifestación de una práctica continua que debe ser frenada para preservar la integridad del sistema nacional de áreas protegidas y garantizar seguridad jurídica en la gestión del territorio.
“Lo más grave no es el precedente, es la conducta persistente. Si no se detiene ahora, mañana cualquier área protegida en una zona de interés turístico podría enfrentar el mismo escenario”, reiteró.































