Los padres de la joven Konanki, estudiante de 20 años de la Universidad de Pittsburgh, «misteriosamente» desaparecida el 6 del cursante mes (marzo), en un viaje de vacaciones de primavera a la República Dominicana, hospedada en un hotel de Punta Cana, zona Este del país caribeño, han solicitado a las autoridades declararla oficialmente muerta.
En su carta, unos padres destrozados por el dolor de la que creen la pérdida de su hija, dicen confiar en las investigaciones de las autoridades dominicana.
Sostienen que la persona que se observa con su hija por última vez ha cooperado con la investigación y no se encuentran evidencias de juego sucio.
En la comunicación, difundida por medios locales, algunos atribuyen obtenerla de fuentes, explican que son conscientes que se deben seguirse ciertos procedimientos legales para su petición, pero -dicen- estar preparados para cumplir con cualquier formalidad o documentación necesaria.
Qué dice el Código Civil de RD
El Código Civil de la República Dominicana establece que una persona se presume ausente si no se tienen noticias de ella por un tiempo prolongado.
Para que esto tenga efectos jurídicos (la ausencia de una persona X), esta debe declararlo un tribunal.
El artículo 418 del CC, indica que la persona que ha desaparecido de su último domicilio o residencia, y de quien no se tengan noticias, se presume ausente.
Mientras que el artículo 121 del mismo Código Civil, precisa que, «si el ausente dejó un poder, sus herederos presuntos no podrán solicitar la declaración de ausencia y la posesión provisional, sino después de pasados 10 años desde su desaparición».