Hace poco más de dos décadas desde que se creó en 2001 la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) y pese a que centros privados de salud hacer cobros irregulares no habían tenido sanción alguna, hasta ahora que su titular, Jesús Feris Iglesias, informó que se hizo la primera sanción a un dueño de quienes manejan la salud de las personas como un negocio para obtener mayor plusvalía.
Feris Iglesias, reveló que la Sisalril, sancionó, por primera vez de que el organismo se creó hace 22 años, un establecimiento privado de salud, ubicado en el Distrito Nacional, cuyo centro médico se multó con 101 salarios mínimos, por el cobro indebido de depósito o anticipo a dos afiliados al Sistema Dominicano de la Seguridad Social (SDSS).
La sanción se estableció mediante resolución DJ-GIS No. 0022-2023, al encontrar pruebas suficientes que tipifican la «práctica prohibida» de «cobros indebidos» a dos afiliados, mediante solicitud de depósitos o pagos anticipados como requisito de acceso a atención médica, en violación a la ley de Seguridad Social y normas complementarias.
Aunque establece que se trata de un centro de salud reconocido, no ofrece el nombre del establecimiento de salud que fue objeto de la sancióna por violar la ley 87-01.
El cobro de depósito o anticipo para ofrecer atención facultativa de emergencia es una práctica vieja y tiene años denunciándose, que causa quejas frecuentes de afiliados y afiliadas del Seguro Familiar de Salud, pero el órgano competente se hace de la «vista gorda» para hacer valer el derecho de pacientes que sufren esta mala práctica de los centros privados de salud.
Y….. lo celebra
En comunicado a la prensa, Feris Iglesias, dijo que es la primera sanción contra un centro médico «reconocido», un especie de miedos que ha estado presente en los distintos responsables de la Sisalril para hacer cumplir la normativa a los que manejan la salud privada en el país, hacer valer y cumplir el derecho del o la paciente que sufre esta problemática inadecuada.
Mnifiesta que es la primera que presenta la Sisalril desde su creación, se hizo, se explica en el documento dirigido a los medios de comunicación, conforme a las competencuas que otorga la Ley No. 87-01 y la Res. No.563 del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), así como Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales.
Resalta que durante el período 2022-2023 se presentó la mayor cantidad de sanción en la historia de la Sisalril, impactando favorablemente a 1,198 casos de afiliados y afiliadas, representando para el SDSS un hito histórico, que, asegura debe seguir fortaleciéndose, pero que se «requiere empoderamiento ciudadano y denuncia oportuna».
Indicó que esto demuestra el compromiso firme de su gestión en generar los incentivos para el correcto funcionamiento del Seguro Familiar de Salud, garantizar las prestaciones adheridas a la seguridad social y fiel cumplimiento de la Ley 87-01, lo que marca un «precedente» que sirva de ejemplo a todos los centros de salud.
“Desde nuestro rol regulador del Sistema de Seguridad Social, en la SISALRIL nos mantendremos vigilantes de cualquier vulneración a la ley, ya sea por cobro indebido o cualquier otra infracción que realicen en perjuicio de los afiliados, las Prestadoras de Servicios de Salud, que no sólo transgreden la norma vigente, sino que crean mecanismos de exclusión incompatibles con la naturaleza del servicio que otorgan”, señala.