El diputado al Parlamento Centroamericano (Parlacen), Carlos Sánchez exigió de la municipalidad (ayuntamientos) que procedan al retiro de toda propaganda política ilegal y las que trasgredan parámetros establecidos en las normativas municipales.
Sánchez, secretario general de la Alianza por la Democracia (APD), consideró, asimismo, que en los casos que amerite, que los ayuntamientos apliquen sanciones a empresas y propietarios de la publicidades que están siendo colocadas en los territorios.
Tras analizar la realidad territorial, ante la agresión inmisericorde en términos visuales, el ambientalista afirma que en teoría, muchos gobiernos municipales cuentan con reglamentos, resoluciones y mecanismos legales de regulación de la publicidad exterior en todas sus manifestaciones; sin embargo, en la práctica muy poco o nada de lo establecido en esas normativas se cumple.
“Solo basta con circular por las calles de la inmensa mayoría de las ciudades, municipios y distritos municipales para constatar el desorden mayúsculo y la agresión grosera, en términos visuales”, señala.
Propone que la Liga Municipal Dominicana y la Federación Dominicana de Municipios que exijan a todos los alcaldes, alcaldesas y directores municipales dotar a sus demarcaciones de normativas que propicien la regulación eficiente del espacio público, uso de suelo y de la publicidad exterior para evitar la contaminación visual creciente a nivel nacional.
“Por otro lado, está prohibida la instalación de estructuras publicitarias que perjudiquen la visibilidad de quienes transitan por las vías de comunicación, lo que podría provocar accidentes y pérdidas económicas y humanas. En muchos puntos del Distrito Nacional y el Gran Santo Domingo se observan muchas vallas y propagandas que violan esa disposición”, expresa el dirigente político.
Sugiere que cada ayuntamiento actualice sus normativas relativas a la publicidad exterior y propaganda política, para incluir la regulación de las pantallas digitales para que se ajusten a un reglamento técnico de eficiencia energética y disminuyan su intensidad luminosa en horarios nocturnos.
Estima que esa misma ordenanza, en lo que respecta a la utilización de pantallas LED, sobre todo en zonas comerciales, debe además fijar criterios relativos a ubicación, calidad, tamaños, luminancia y distancia.
“En España, por ejemplo, ese tipo de propaganda está totalmente regulado, para quienes violen la ordenanza hay sanciones y multas de hasta tres mil euros”, dijo.
En cuanto a si los cabildos tienen facultad para regular al espacio aéreo en la publicidad exterior cuando la misma se encuentra fijada en un bien de dominio privado, el doctor Sánchez precisó que los ayuntamientos no pueden gravar bienes de dominio privado, de acuerdo lo que establece una sentencia del Tribunal Constitucional.
“Sin embargo, esto no debe ser óbice para que los ayuntamientos puedan regular la contaminación visual producto de un uso abusivo de la publicidad exterior, en esta clase de bienes, al igual que en aquellos del dominio público o patrimoniales, pues conforme al párrafo I del artículo 79 de la Ley núm. 64-00, General sobre Medio Ambiente, dichos entes edilicios pueden y, de hecho, deben emitir normas con aplicación exclusiva en el ámbito territorial de su competencia para resolver situaciones especiales, siempre que las mismas garanticen un nivel de protección al medio ambiente, la salud humana y los recursos naturales”, argumenta.