Sí la Junta Central Electoral (JCE), mantiene la resolución 13-23, relativo a la reserva del 20% de las candidaturas, partidos de oposición sopesarían participar en las elecciones presidenciales, congresuales y municipales de pautadas para el próximo año 2024.
Esta advertencia la reveló este lunes el secretario de Asuntos Jurídicos del opositor Partido de la Liberación Dominicana (PLD), José Dantés Díaz, al depositar un recurso que busca recurrir la la citada resolución. Dantés Díaz, dijo que bajo el actual esquema no hay garantías de que en República Dominicana se produzcan elecciones transparentes, objetivas y participativas.
Dantés Díaz, sostuvo que esa resolución abre las puertas a una crisis política sin precedentes en República Dominicana, tanto antes de las elecciones, que se realizarán en mayo del año que viene, o después de los comicios.
Indicó que de dar atrás esa resolución depende que el actual pleno de la JCE, que encabeza su presidente, Román Jáquez Liranzo, termine bien o acabe de otra manera.
“Bajo ese esquema no hay garantías para que aquí se hagan unas elecciones transparentes, objetivas y participativas en 24, yo creo que somos muchos los partidos políticos que de mantenerse ese esquema sopesaremos nuestra participación en las elecciones, que puede dar pie a una crisis política, pre electoral y pos electoral, hay que ver si esta junta quiere acabar bien o de otra manera”, expresó Díaz.
15 Partidos
Al menos 15 partidos políticos de la oposición depositaron este lunes un recurso de reconsideración para solicitarles a la Junta Central Electoral (JCE) modificar la decisión contenida en la resolución núm. 13-2023 sobre la aplicación del porcentaje de las reservas de las candidaturas que establece la Ley núm. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos para las elecciones generales ordinarias de 2024.
Con el recurso presentado los partidos políticos firmantes procuran que la resolución, dictada en fecha ocho de mayo de 2023; en virtud del artículo 58 de la Ley núm. 33-18 y del artículo 136 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral, se reconozca que los partidos, agrupaciones y movimientos políticos están habilitados para reservar, a su conveniencia y oportunidad, y por decisión autónoma de su máxima dirección colegiada, el veinte por ciento (20%) del total de las nominaciones a cargos electivos a todos los niveles.
Se explica que la reserva del veinte por ciento (20%) del total de las nominaciones a cargos electivos a todos los niveles es el criterio que se ajusta al texto de la Ley núm. 33-18 y de la Ley núm. 20-23.