Delio Féliz Pérez, estaba confiado. Distintas administraciones de gobierno habrían dirigido el Estado dominicano y se le garantizaba permaneciera en su trabajo. No le desvinculaban de sus labores y era más fácil que suceda.
Ahora con la ley 4108, que norma la función pública en República Dominicana, que protege al trabajador del sector público, sobre todo, quienes caen en carrera administrativa y prohíbe apartarlo de sus labores sin causa que justifiquen su despido de la función pública que desempeña.
Precisamente, para cancelarlo apela al artículo 84 de la citada ley, ya que según el supervisor del empleado cobraba el salario que devengaba, pero no asistía a sus respectivas labores como distribuidor de agua en la división del Distrito de Riego Barahona, acusaciones que niega el desvinculado.
Pero a Féliz Pérez, le entregaron su carta de despidos, luego de 36 años de labor interrumpida en el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI), en Barahona.
Su carta de despido, que firma el Director Ejecutivo del Indrhi, ingeniero Olmedo Caba Romano, especifica que el obrero desvinculado ganaba un salario cada mes de RD$10,000.00.
Su cancelación se fundamenta en el citado artículo 58, numerales 3 y 10, respectivamente.
Féliz Pérez, pide a Caba Romano, Director Ejecutivo del Indrhi, revisar su caso y tomar los correctivos de lugar, ya que con él se comete una injusticia al separarlo de su trabajo bajo una acusación no cierta, luego de 36 años de labores, entidad a la que entró en el año 1986.