Santo Domingo.- El nuevo horario de toque de queda frenar el coronavirus y que anunció la semana pasada el Gabinete de Salud (GS), comienzan este miércoles, con libre tránsito hasta las diez de la noche. También, se dispone la apertura de parques, restaurantes y gimnasios.
Según la nueva disposición, de lunes a viernes el toque de queda será de 7:00 de la noche a 5:00 de la mañana, con libre tránsito hasta las 10 de la noche, mientras que fines de semana será a la 5:00 de la tarde hasta las 5:00 de la mañana y se podrá libre circular hasta las 8:00 de la noche.
La medida contenida en el decreto 37-21, instruye a la Oficina para el Reordenamiento del Transporte (Opret) y a la Oficina Metropolitana de Autobuses (OMSA), ofrecer sus servicios durante el horario de libre circulación.
La resolución dispone que las personas puedan utilizar los espacios abiertos al aire libre, tales como parques y malecones, para actividades que no impliquen aglomeración, en estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.
Establece que los lugares dedicados a prácticas deportivas y ejercicios físicos: gimnasios, podrán recibir clientes en sus instalaciones hasta el 60% de su capacidad, bares, restaurantes y discotecas hasta el 60%, así como cumplir las medidas sanitarias, sin exceder 6 personas por mesa en los lugares que aplique.
Las iglesias podrán celebrar actos religiosos tres veces por semana, sin exceder el 60% de capacidad, cumpliendo todas las medidas el horario laboral en el sector público es hasta las 3:00 de la tarde y el 40% de empleados no esenciales para la actividad del Estado continuará en teletrabajo.
Evaluación
Continúan prohibidas actividades y eventos masivos que implique aglomeración de personas y, al ser abordada por periodista, la vicepresidenta Raquel peña, reveló que las medidas será evaluadas cada día, según el comportamiento de la curva del virus.
Inspectores de salud pública vigilarán y tienen la encomienda de ser «muy» estrictos en que se cumplan las nuevas normas en los bares y restaurantes, por lo que la segunda al mando, exhortó a la población a recibir las nuevas medidas con responsabilidad, conciencia y con propósito de unidad.
Recordó que la responsabilidad de contraer el virus, no solo recae en los hombros del Gobierno Central, sino, también, en el de los diferentes sectores económicos que se desarrollan en el país.
Expuso que se flexibilizaron las medidas sanitarias por la disminución en la tasa de positividad y descenso en la curva de contagios. La nueva disposición estará en vigencia hasta el próximo 8 de febrero.
Quiénes podrán librecircular
Durante el horario de toque de queda se permitirá la circulación de personas dedicadas a los servicios de salud, tales como médicos, enfermeros, bioanalistas, personal paramédico y personal farmacéutico e individuos con alguna emergencia médica que necesiten dirigirse a algún centro de salud o farmacia.
Además, personas que laboran áreas de seguridad privada debidamente identificados, miembros de la prensa y demás medios de comunicación acreditados, operadores de vehículos y técnicos de empresas e instituciones prestadores de servicios de energía, agua, telecomunicaciones, así como recogida de desechos sólidos identificados, exclusivamente durante la realización de sus funciones laborales.
Asimismo, para operadores de vehículos de distribución urbana e interurbana de mercancías, insumos y combustible, identificados, a quienes laboran en industria y comercio de alimentos, productos médicos y farmacéuticos, que estén en tránsito hacia y desde sus lugares de trabajo, siempre que porten identificación de una empresa autorizada por la Comisión de Alto Nivel para la Prevención y Control del Coronavirus.
De igual modo, empleados o contratistas de restaurantes, farmacias o colmados que brinden servicios a domicilio de alimentos cocidos o crudos o medicamentos, quienes tendrán permiso para circular hasta las 11:00 de la noche, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
También, a pasajeros internacionales y operadores de vehículos particulares o comerciales que estén trasladando a estos, así como empleados del sector de transporte marítimo y aéreo debidamente identificados en tránsito hacia o desde aeropuertos, así como a empleados de empresas que brinden servicios funerarios, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones.