Santo Domingo.- Eduardo Núñez, especialista en Derecho Penal, docente universitario, fundador de la firma Vásquez Núñez y comentarista en el programa radial “El gobierno de la Tarde”, forma parte de la defensa del empresario y hermano del expresidente Danilo Medina, vinculado a la Operación Anti Pulpo.
Anoche tuvo una «impecable» intervención en la audiencia de conocimiento de medida cautelar, cautivando al Tribunal y usuarios de las redes sociales por sus argumentos para establecer que en el expediente del Ministerio Público no hay razones para imputar a su defendido en los delitos de «desfalco al Estado dominicano, prevaricación», entre otros.
“Según el artículo 227, numeral 1: solamente se puede aplicar una medida de coerción cuando el imputado es susceptible a ser autor o cómplice”, expuso.
Afirmó que «el Ministerio Publico puede buscar un millón de pruebas de una infracción, pero si ninguna aplica al artículo citado, no se le puede imponer una medida cautelar a su defendido».
El ente persecutor solicita medida de coerción contra Juan Alexis Medina porque, supuestamente, dirige un entramado empresarial de corrupción, por aprovechar la relación con su hermano para el tráfico de influencias y usar testaferros para la administración de fondos públicos con la adquisición de licitaciones.
Pero en su argumentación, el profesional del derecho indicó varios puntos para indicar que el expediente de las autoridades del órgano persecutor es «erróneo e inimputable las acusaciones a su defendido».
“Toda la autoría y complicidad en el delito coalición de funcionarios -para desfalcar al Estado- se admite para personas que sean funcionarios públicos, el señor Alexis Medina nunca ha sido funcionario”, sostiene.
Por lo tanto, el joven abogado, indicó que el empresario no puede considerarse autor ni cómplice de un hecho que solo concierne a servidores públicos.
Sobre la falsedad de documentos, indicó que “nadie puede falsificar su propia firma” y, aseguidas, señaló que, «la única imputación que podía discutirse en la audiencia era ese delito, pero el Ministerio Público no depositó esos presupuestos, “el expediente solo contiene resoluciones para la adjudicación de licitaciones”.
Recordó que la prevaricación es un delito que solo puede cometer o ser cómplice funcionarios, “nunca un tercero”. “Nadie puede prevaricar en el hecho ajeno”.
“No puede haber de una estafa y una sustracción al mismo tiempo”, manifestó al hacer referencia a una de las declaraciones del procurador adjunto, Wilson Camacho, quien manifestó que el entramado societario encabezado por Medina sustrajo el patrimonio del Estado.
“No es posible ser autor de una estafa y cómplice de un desfalco al mismo tiempo, el Ministerio Público debe decidir donde subsume la conducta del señor Alexis Medina, ¿o sustrajo o engañó?”.
Sostuvo que para la imposición de una medida cautelar debe haber una probabilidad seria de la imputación “porque si no es así, el delito no se le podrá imputar nunca al imputado”.