Miguel Manuel Florián Terrero (Miguelo), actual diputado por la provincia Barahona, retendrá su cural, luego que el Tribunal Superior Electoral (TSE), así lo ordenara mediante una sentencia del organismo que forma parte de las altas cortes de República Dominicana.
ADemás, de la elección de la diputación de Barahona, en que se anunció a Carlos García López, también el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), perdió otra en la provincia San Cristóbal, ambas pertenecientes a la al Sur del país.
El TSE ordenó a la Junta Central Electoral dejar sin efecto la proclamación y el certificado de elección emitido a favor de Carmen Adalgisa Mustafa López, en virtud del efecto devolutivo que genera dicha decisión y por tanto proclamar como diputado por la circunscripción No. 3 de la provincia San Cristóbal a Frank Junior Guerrero Mateo, en representación del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y aliados, por ser este el segundo más votado en la propuesta de candidaturas presentada por la referida organización política.
Además, ordenó dejar sin efecto la proclamación y el certificado de elección emitido a favor de Carlos García López, en virtud del efecto devolutivo que genera dicha decisión y por tanto proclamar como diputado por la provincia Barahona al ciudadano Manuel Miguel Florián Terrero, en representación del Partido Humanista Dominicano (PHD) y aliados, por ser este el segundo más votado en la propuesta de candidaturas presentada por la referida organización política.
El PLD pasa ahora a tener 74 diputados en lugar de 76, el PRM 94 y el PHD uno.
El TSE ordenó la elaboración y entrega del certificado de elección a nombre del ciudadano Manuel Miguel Florián Terrero, como diputado de la provincia Barahona en representación del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y aliados, enviar un ejemplar a la Cámara de Diputados para los fines correspondientes y archivar un tercer ejemplar en la Secretaría General de la Junta Central Electoral.
Sobre Barahona, el TSE ordenó acoger la decisión contenida en el dispositivo de la Sentencia TSE-835- 2020, dictada por el Tribunal Superior Electoral en fecha 10 de agosto del 2020 y, en consecuencia, acoger la corrección al boletín municipal electoral en el nivel de diputaciones que dispusiera la Junta Electoral de Barahona, mediante Resolución No. 2112020, de fecha 22 de julio del 2020.
En el caso de San Cristóbal, el TSE ordenó acatar la decisión contenida en el dispositivo de la Sentencia TSE-815- 2020, dictada por el Tribunal Superior Electoral en fecha 5 de agosto del 2020 y, en consecuencia, acoger la auditoría y corrección del formulario de votación a través del cómputo electoral en el nivel de diputaciones que dispusiera la Junta Electoral de Bajos de Haina, mediante Resolución No. 002912020, de fecha 22 de julio del 2020.