Santo Domingo.- Mañana martes el Pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), motivará la sentencia mediante la cual se desapoderó del expediente Odebrecht y lo remitió a la Sala Penal de esa alta corte y a un tribunal colegiado del Distrito Nacional.
De igual manera los jueces que votaron en contra, cuatro de ellos miembros de la sala que tendrá que celebrar el juicio al senador Tommy Galán Grullón, deberán decir por qué difieren de sus colegas.
A partir de la lectura íntegra del fallo en el caso seguido a los imputados por los 92 millones de dólares que Odebrecht admitió haber pagado en soborno en República Dominicana para ser beneficiaria de obras del Estado, los abogados de Ángel Rondón, Víctor Díaz Rúa, Conrado Pittaluga, Andrés Bautista García, Juan Roberto Rodríguez y el senador Galán, disponen de 10 días para recurrir la decisión en oposición.
El abogado Thiaggo Marrero Peralta explicó que debido a que el caso fue declarado complejo, las defensas técnicas disponen de ese plazo para definir si solicitan una oposición o no.
Dijo, además, que hasta que no transcurra ese tiempo, el expediente no se debería enviar a la Sala Penal ni al Distrito Nacional.
El pleno dijo que en la sentencia íntegra se darán a conocer a profundidad las razones que los motivaron abandonar la jurisprudencia de aplicación del arrastre a la jurisdicción privilegiada a aquellas personas que no son funcionarios públicos.
También, tendrán que explicar en qué se basaron para mandar a la cámara penal el expediente del senador debido a que es la propia Constitución la que establece que los juicios en esa alta corte se conocerán en única instancia.
Debido a esta decisión, las audiencias para realizar los juicios a los seis imputados comenzarán de cero. La Suprema volverá a conocer los incidentes y solicitudes de nulidad que plantee el senador Galán, en tanto que el Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que resulte apoderado del caso tendrá que hacer lo mismo en cuanto a los otros imputados.
Pedimentos
Los imputados por los sobornos pagados por Odebrecht plantearon varias acciones por las cuales consideran que no se debía celebrar el juicio de fondo pero no todas fueron resolutadas por el pleno debido a que solo se refirieron a su competencia para seguir en el proceso después de que el juez de la Instrucción Especial, Francisco Ortega Polanco, determinó que no existe asociación de malhechores porque los hechos por los que el Ministerio Público acusa a los procesados no encajan para esa tipificación de delito.
Las solicitudes se sustentaron en violación a derechos fundamentales, debido proceso, incompetencia y control de convencionalidad.
Aunque se declaró incompetente, el tribunal, rechazó anular todos los actos del proceso que fueron llevados en la Suprema y por el juez Ortega Polanco e indicó que el efecto de la sentencia que se leerá mañana es aplicable en lo por venir.
Para garantizar el derecho a recurrir que debe tener todo imputado, el pleno decidió que el caso del senador fuera a la Sala Penal para que ellos como pleno queden habilitados para conocer una posible impugnación a la decisión que se emita.